GH-CO-01-Codigo-de-conducta
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CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA
CODIGO GH-CO-01
FECHA 12/02/2026
VERSION 3
1. INTRODUCCIÓN
VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA., ha identificado y definido parámetros de conductas, comportamientos, lineamientos y estrategias para crear valor en cada
uno de los colaboradores que hacen parte de la empresa. Así las cosas, todas las acciones y
decisiones que se tomen deben ir orientadas siempre a hacer lo correcto, esto con el fin de
generar una buena reputación e imagen corporativa, la cual, será la que nos caracteriza como
empresa, para nosotros es importante mantener estándares de control interno a través de
directrices y conductas éticas, las cuales, se definen en el presente código de ética y conduta
y que se deberán cumplir como referente obligatorio por todos los trabajadores vinculados a
VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA., de manera qué, el cumplimiento
de sus deberes se den desde los principios establecidos para promover transparencia y confianza en las relaciones internas de la compañía, grupos de interés y la sociedad en general.
2. OBJETIVO
Definir en términos de conductas y comportamientos las normas éticas mínimas requeridas
a los colaboradores de VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA.
3. ALCANCE
El alcance de este Código de Ética y Conducta se extiende a todos los trabajadores de VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA., por lo que deben comprenderlo,
aplicarlo y velar porque las conductas aquí establecidas enmarquen su actuar.
4. CONTEXTO ORGANIZACIONAL
4.1. Misión
En el año 2026, posicionarnos como un referente para la gestión de riesgos y entornos seguros.
4.2. Visión
Gestionar Sistemas de Seguridad orientados a prevención de riesgos y control de perdidas
con el mayor beneficio para los clientes, empleados y accionistas.
4.3. Valores
• Respeto: Nuestras acciones están basadas en el respeto por las personas, teniendo en cuenta su individualidad como seres únicos.
• Honestidad: Transparencia en el desarrollo de nuestras actividades.
• Trabajo en Equipo: Fomentamos la participación de todos para lograr un objetivo común, compartiendo información y conocimientos.
• Seguridad y Salud: Nos comprometemos decididamente con la Seguridad y
Salud Laboral promoviendo una cultura preventiva
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5. PROPÓSITO DE NUESTRO CÓDIGO ÉTICA Y CONDUCTA
Actuar con respeto, lealtad, integridad y honestidad es parte del ADN de VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA., por lo tanto, este código es de cabal acogimiento
y cumplimiento en el desarrollo diario de cada función. Adicional a lo anterior, se busca ofrecer
orientación sobre lo que se espera de cada trabajador como parte de esta compañía, sin dejar
de resaltar que este estatuto es una guía y modelo de conducta que puede ser aplicado por
cada persona incluso por fuera de su relación laboral. Los presentes términos aplican a todos
los colaboradores de la empresa bajo cualquier modalidad contractual que se haya acordado.
6. NORMAS DE CONDUCTA
✓ Es obligación del TRABAJADOR conocer y observar las políticas internas de la
compañía, siguiendo rigurosamente sus conductas éticas y de derechos humanos,
entendiendo que para VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRÓNICA CAXAR LTDA., la
vida de los seres humanos y el respeto de los Derechos Humanos es su máxima
prioridad. En sus labores el TRABAJADOR observará rigurosamente la normatividad y
consignas específicas de la compañía, así como de las consignas específicas del
puesto de trabajo.
✓ Mantener y defender los valores, conocimientos de la profesión, absteniéndose de
cualquier comportamiento que perjudique el desarrollo de esta
✓ Es obligación del TRABAJADOR, Mantener una continua capacitación en lo que ha
seguridad compete en su puesto de trabajo.
✓ Salvaguardar el derecho del cliente o usuario a una relación de confianza, intimidad y
confidencialidad, así como al uso responsable de la información la obtención y difusión
de información o datos sólo debe realizarse en función de un servicio profesional,
manteniendo al cliente informado de su necesidad y utilización. No se divulgará
información sin el conocimiento y consentimiento previos del cliente o usuario y de
VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRÓNICA CAXAR LTDA., excepto si éste no es
responsable o se puede perjudicar gravemente a otras personas.
✓ Cumplir responsablemente los objetivos establecidos, las funciones y consignas de la
entidad u organización, contribuyendo al desarrollo de políticas, procedimientos y
prácticas debidas para conseguir los mejores niveles posibles de actuación.
✓ Garantizar eficiencia y eficacia para con el cliente o usuarios por medio de revisiones
periódicas de las consignas, y los procedimientos a través de los cual se proporcionan
los servicios.
✓ Todo procedimiento y actuación estarán regidos por los dictámenes de la empresa,
especialmente en lo que se refiere al uso de la fuerza.
✓ Es obligación del TRABAJADOR mantener los más altos estándares de idoneidad
técnica y profesional, especialmente relacionado con el uso de la fuerza y armas de
fuego.
✓ En la prestación del servicio se deberá actuar dentro del marco legal con prudencia y
mesura, de tal forma que armonice con las normas y consignas de la empresa.
✓ Es deber del TRABAJADOR, participar en las capacitaciones periódicas que
VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRÓNICA CAXAR LTDA., provee para el beneficio
propio y de sus clientes.
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✓ En su afán por guardar la calidad y legalidad en los procedimientos y uso de la fuerza,
la empresa difundirá y procurará decididamente la observancia de una política de
procedimientos, haciéndose especial énfasis en el uso controlado y legítimo de la
fuerza, actividad ésta que deberá ser susceptible de monitorearse, tanto por parte de
la empresa como de los organismos de control y vigilancia del estado. La actividad de
seguimiento debe permitir, en sus procedimientos, la realización de investigaciones por
posibles abusos o actos ilegales cometidos por el TRABAJADOR y establecerá con
claridad medidas disciplinarias proporcionadas y suficientes para prevenir y juzgar
procedimientos adversos a la filosofía de derechos humanos profesada por
VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRÓNICA CAXAR LTDA.
✓ En todo momento el personal Vigilancia y Seguridad Privada, deberá exhibir un
comportamiento ejemplar hacia individuos y comunidades locales, mostrando respeto
por los derechos humanos y la dignidad de todos.
✓ El TRABAJADOR no se verá involucrado en controversias. cualquier disputa, altercado
o confrontación debe ser reportada inmediatamente a la empresa.
✓ El personal no deberá involucrase en ningún tipo de protesta social.
✓ No inferir con aspectos operacionales como organización de tropas, movimientos,
patrullajes y cualquier otra materia de prerrogativa exclusiva de los comandantes de la
Fuerza Pública.
✓ Apoyar a las autoridades y a la empresa en cuanto a prevención del crimen e
informarles cuando tengan conocimiento de la perpetración de actos ilegales.
✓ Todo el personal debe poseer las credenciales establecidas por la Superintendencia
de Vigilancia y Seguridad Privada de acuerdo con el cargo desempeñado y
mantenerlas actualizadas.
✓ Utilizar solamente el equipo y los elementos autorizados por la Superintendencia de
Vigilancia y Seguridad Privada para los propósitos previstos en la licencia.
✓ Antes de cualquier ingreso de trabajadores se cumplirá con una completa verificación
de sus antecedentes, y este tendrá la obligación de reportar cualquier cambio en este
sentido.
✓ EL TRABAJADOR no debe usar el nombre de VIGILANCIA Y SEGURIDAD
ELECTRÓNICA CAXAR LTDA., para realizar actividades que no tengan relación con
la empresa y sean propias de su cargo o funciones.
✓ EL TRABAJADOR reportara a la empresa acerca del desarrollo de los servicios, en
todo momento y en especial ante cualquier novedad.
✓ EL TRABAJADOR deberá seguir los conductos regulares y las instrucciones dadas por
la empresa.
✓ El personal de Vigilancia y Seguridad Privada respetará la dignidad humana y los
derechos y las libertades individuales y colectivas, así como las garantías
constitucionales de toda persona en general y de los trabajadores de la empresa en
particular. El personal de Vigilancia y Seguridad Privada no deberá infligir o tolerar
ningún acto de tortura u otros tratos crueles, inhúmanos o degradantes.
✓ La Seguridad Privada debe actuar dentro del marco legal con mesura y prudencia;
proveer exclusivamente servicios preventivos y defensivos y no involucrarse en
actividades exclusivas de la Fuerza Pública sin perjuicio de los deberes legales de
apoyo o denuncia. La seguridad privada debe utilizar medios no violentos y asumir
actitudes disuasivas.
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✓ Se utilizará la fuerza únicamente en condiciones de estricta necesidad y de manera
proporcional a la agresión, solamente cuando otros medios resulten ineficaces o no
garanticen de ninguna manera la prevención de un delito contra la vida, contra la
integridad personal o contra el ejercicio de derechos sobre los bienes de las personas
bajo protección o la detención de un delincuente sorprendido en flagrancia.
✓ No deberán emplearse armas de fuego salvo cuando sea estrictamente inevitable para
proteger una vida y resulten insuficientes medidas extremas en defensa propia, en
defensa de otras personas en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves.
Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable se debe ejercer moderación y
actuar en proporción a la gravedad de la agresión; reducir al mínimo los daños y
lesiones y respetar y proteger la vida humana; proceder de modo que se preste lo antes
posible atención médica a todas las personas heridas o afectadas incluyendo a los
agresores; e informar inmediatamente lo ocurrido a la instancia de supervisión
correspondiente.
✓ Cuando el personal Vigilancia y Seguridad Privada retenga a delincuentes en flagrancia
no empleará la fuerza salvo cuando sea estrictamente necesario para mantener la
retención o cuando corra peligro la integridad física de personas y asegurará la plena
protección de la salud de las personas bajo custodia.
✓ El personal de Vigilancia y Seguridad Privada seguridad debe mantener en total
reserva y confidencialidad la información que obtenga en desarrollo de su actividad,
salvo que dicha información se requiera para proteger derechos o por mandato de
autoridad competente.
6.1 Derechos humanos
En un mundo donde la seguridad y la protección de los derechos fundamentales deben coexistir, las
empresas de vigilancia privada asumen una responsabilidad crítica. Este Código de conducta y ética
establece los principios y directrices que rigen a VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA
CAXAR LTDA asegurando que todas nuestras operaciones se realicen con el más alto grado de
integridad, profesionalismo y un respeto inquebrantable por los Derechos Humanos.
Este documento sirve como una guía fundamental para todo nuestro personal, desde la alta dirección
hasta el personal operativo en campo, y reafirma nuestro compromiso con nuestros clientes, la
comunidad y el cumplimiento de las leyes nacionales e internacionales.
Principios Fundamentales
1. Respeto a la Dignidad Humana: Reconocemos la dignidad inherente de todas las personas. Todo
nuestro personal está obligado a tratar a cada individuo con respeto y cortesía, sin discriminación
por motivos de raza, color, género, orientación sexual, religión, origen nacional o social, discapacidad
o cualquier otra condición.
2. Legalidad y Cumplimiento Normativo: Nuestras operaciones se enmarcan estrictamente en la
Constitución Política de Colombia, las leyes aplicables a los servicios de vigilancia y seguridad
privada, y los tratados internacionales de Derechos Humanos ratificados por el país. Esto incluye,
pero no se limita a, el cumplimiento de las directrices de la Superintendencia de Vigilancia y
Seguridad Privada.
3. Proporcionalidad en el Uso de la Fuerza: El uso de la fuerza se empleará únicamente como último
recurso, cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera la situación para prevenir
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un daño inminente. Cualquier empleo de la fuerza debe ser proporcional a la amenaza enfrentada y
siempre en defensa de la vida e integridad de las personas o para prevenir la comisión de un delito
grave. Se prohíbe el uso de la fuerza como medida de castigo o con fines de intimidación.
4. Prevención de la Tortura y Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes: Bajo ninguna circunstancia,
nuestro personal participará, será cómplice o tolerará actos de tortura o cualquier forma de trato
cruel, inhumano o degradante. Todo individuo bajo nuestra custodia o control temporal será tratado
con humanidad.
VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA respeta los derechos de sus
empleados de conformidad con los principios constitucionales de las libertades privadas. Como
consecuencia de lo anterior no revelará la información que llegare a conocer del empleado en virtud
de la ejecución del contrato de trabajo y en ningún momento limitará sus libertades. Sin embargo el
empleado es consciente y reconoce que ha sido notificado que la protección de confidencialidad no
aplica para información personal que se ha archivado en los equipos de propiedad de la compañía
o en los archivos de la oficina. Cualquier información electrónica almacenada en las computadoras,
servidores, y correo de voz pertenece a VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR
LTDA, la empresa puede acceder a esta información en cualquier momento, sin el consentimiento
del empleado. La compañía tiene los mismos derechos de acceso para expedientes en copia dura
en equipo VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA incluyendo aquellos
archivados en cajones de escritorio, archiveros y otras áreas de almacenamiento.
VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA también tiene el derecho de
monitorear el uso de los equipos y sistemas suministrados por VIGILANCIA Y SE- GURIDAD
ELECTRONICA CAXAR LTDA que utilicen los empleados tales como teléfonos, correo electrónico,
internet, computadoras, máquinas fax, etc. Esto aplica a todos los equipos suministrados por
VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA en el área de trabajo y en otras
instalaciones incluyendo la casa.
Por política, VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA no discrimina a sus
empleados por ninguna condición de raza, color de piel, creencias religiosas, sexo, edad, origen de
nacimiento, estado civil, orientación sexual o discapacidad.
Respeto Constante
Nuestras relaciones estarán regidas por el respeto constante. Los miembros de VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA se trataran unos a otros con respeto y trataremos al otro
tal como deseamos se nos trate. Valoraremos y reconoceremos las diferencias de cada uno de los
individuos que pertenecen a nuestra familia VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR
LTDA.
En todo momento debemos procurar dirigirnos a los demás con la utilización del vocabulario
adecuado y sin violar la dignidad humana de las personas.
Los niveles directivos de nuestra organización velarán por inculcar y mantener entre sus empleados
una política de respeto constante.
Ambiente de Trabajo Seguro
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La protección de la seguridad y salud de empleados de VIGILANCIA Y SE- GURIDAD
ELECTRONICA CAXAR LTDA, clientes y vecinos es una de las prioridades más altas de
VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA. Buscamos proveer un ambiente de
trabajo que sea seguro, sano y libre de amenazas y violencia.
Los empleados que cometan o amenacen con actos violentos serán sujetos a acciones disciplinarias,
incluyendo el despido. VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA no permite que
los empleados, contratistas o visitantes introduzcan armas en cualquier parte de las instalaciones
incluyendo áreas de estacionamiento. Solamente la Dirección de Operaciones puede autorizar
excepciones, tal como personal de resguardo de valores que manejan dinero en efectivo y valores
en las instalaciones de VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA.
Se espera que todos los empleados cumplan con las normas de Seguridad, Higiene y Salud en el
Trabajo de VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA y atiendan las siguientes
recomendaciones:
• Tomar precauciones para prevenir accidentes de los trabajadores y su entorno.
• Reportar lesiones, condiciones de trabajo inseguras o amenazas de violencia.
• Asegurar que conoce los procedimientos para responder a una emergencia en su área de
trabajo.
• Respetar las leyes sobre seguridad y salud en el trabajo que rigen en VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA.
• No escuchar música en las instalaciones de VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA
CAXAR LTDA de tal forma que pueda afectar la tranquilidad y el entorno laboral.
7. NORMAS ESPECIALES DE CONDUCTA
Para el adecuado cumplimiento del código VIGILANCIA Y SE- GURIDAD ELECTRONICA
CAXAR LTDA., su representante legal, administradores, empleados y revisor fiscal tendrán en
cuenta, entre otros, las siguientes normas de actuación:
7.1. Desarrollo del cargo y las funciones definidas
✓ Proteger la información que dentro del desarrollo de las funciones conozcan o lleguen
a conocer, no podrá encubrir y/o colaborar con actos ilícitos.
✓ No revelar hechos, actos o circunstancias de los que se tenga conocimiento en el
ejercicio de su cargo, salvo las informaciones que obligatoriamente se tengan que
preparar o emitir en cumplimiento de reglamentos.
✓ Proceder de forma veraz, digna, leal y de buena fe. No intervenir en actos simulados,
ni en operaciones fraudulentas o en cualquier otra que tienda a ocultar, distorsionar o
manipular la información de la empresa o la realidad de los clientes, en perjuicio de la
Empresa, de los intereses del Estado o de terceras personas.
✓ Guardar absoluta reserva sobre el desarrollo de análisis, investigaciones o solicitud de
información que realicen órganos de control y abstenerse de informar a terceras
personas no autorizadas de estas actuaciones.
✓ Verificar previamente para firmar o aprobar una operación por parte de la persona que
lo suscribe o autoriza, para determinar su legalidad, certeza, corrección y adhesión a
la normatividad de la empresa.
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✓ Preservar la Integridad de LA EMPRESA., la cual trasciende de la responsabilidad
personal sobre las actuaciones individuales y requiere el compromiso de los empleados
de poner de manifiesto, mediante su oportuna comunicación aquellas situaciones que,
aun no estando relacionado con sus actuaciones o ámbito de responsabilidad,
consideren éticamente cuestionables de acuerdo con el contenido de este Código.
✓ Comunicar oportunamente a sus superiores o al Oficial de cumplimiento, todo hecho o
irregularidad por parte de algún funcionario o tercero, que afecte o pueda lesionar los
intereses de la empresa.
✓ Todo empleado deberá comunicar de manera inmediata al superior jerárquico o áreas
competentes de la empresa, cualquier actividad delictiva, inusual o dudosa de que se
tenga conocimiento.
✓ Se considera contrario a los intereses de la compañía, la omisión de actuación o el no
suministro de información, con el propósito de proteger, favorecer, perjudicar o lesionar
a una persona.
✓ La designación del Oficial de Cumplimiento no exime a la compañía ni a los demás
directivos y empleados de la obligación de aplicar, en el desarrollo de sus funciones,
los procedimientos el SIPLAFT consagrados en la ley y en el manual de procedimientos
implementado
8. RESOLUCIÓN CONFLICTO DE INTERESES
El conflicto de interés se entiende como una situación en virtud de la cual una persona debido
a su actividad se enfrenta a distintas alternativas de conducta en relación con intereses
incompatibles.
Los directores, representante legal, revisor fiscal y en general todos los empleados con acceso
a información privilegiada tiene el deber legal de abstenerse de realizar cualquier operación
que dé lugar a conflictos de interés.
Teniendo en cuenta lo anterior VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA.,
junto con sus empleados deberá:
✓ Comunicar de manera inmediata, acerca de la existencia o de la potencial aparición de
un conflicto de intereses y de las medidas que se adoptarán para evitarlo.
✓ Los negocios con familiares y allegados, clientes, proveedores, asesores externos y
demás terceros ligados directa o indirectamente con los empleados o con LA
EMPRESA., se manejarán con criterio justo, de buena fe y nunca serán motivados por
intereses particulares que puedan menoscabar el prestigio, la imagen, la seguridad o
la rentabilidad de la empresa.
Por lo tanto, decimos lo siguiente:
✓ VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA., su representante legal y
funcionarios, están obligados a privilegiar la legalidad y la observancia de los principios
éticos de las operaciones y transacciones sobre la ganancia puntual para la compañía
y sobre el logro de metas comerciales.
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✓ No podrán vincular o realizar operaciones o transacciones con personas naturales o
jurídicas señaladas por los órganos del Estado Colombiano, entidades o gobiernos
extranjeros, como presuntamente relacionadas con movimientos ilícitos de capital y en
general con todas aquellas personas de las cuales se tenga duda sobre la licitud de
sus actividades tanto comerciales como personales, o aquellas que realizan
actividades prohibidas por la ley o que afectan la moral y buenas costumbres, atenta
contra la credibilidad y los intereses de VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA
CAXAR LTDA.
✓ VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA., se abstendrá de
autorizar operaciones o servicios a favor de usuarios cuando con éstos se puedan
violar las normas o regulaciones sobre prevención de lavado de activos y financiación
del terrorismo.
✓ La obligación de reserva respecto de todas las actuaciones relacionadas con la
prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo prima sobre el derecho
del cliente a ser informado de las situaciones especiales que puedan afectar su cuenta.
✓ Los funcionarios de VIGILANCIA Y SEGURIDAD ELECTRONICA CAXAR LTDA., se
abstendrán en todo momento de informar a través de cualquier modalidad al cliente,
sobre análisis, investigaciones o reportes de operaciones inusuales que realice la
empresa u organismos de Control.
✓ No se podrá hacer uso indebido de información que haya conocido por razón o con
ocasión de sus funciones, con el fin de obtener provecho para sí o para un tercero
9. FUNCIONES OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
El oficial de cumplimiento debe promover el desarrollo y velar por la efectiva operatividad de
las normas y procedimientos necesarios para asegurar el cumplimiento de las disposiciones
legales y estándares de comportamiento ético relevantes que afecten a cada uno de los
negocios y actividades de la empresa.
En la función del oficial de cumplimiento están establecidas las responsabilidades específicas
de asesoramiento y apoyo en formación a los empleados y la ejecución de determinados
procedimientos y controles internos.
10. SANCIONES
La conducta violatoria, ya sea por acción u omisión, de los procedimientos, normas y reglas
éticas en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, podrá
originar los siguientes tipos de sanciones:
10.1. De carácter laboral
Las faltas por acción u omisión en la aplicación de las normas y procedimientos en materia de
prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, se sancionará con una de las
siguientes medidas, de acuerdo con la naturaleza y características de los hechos y al grado
de responsabilidad del funcionario:
a. Si el incumplimiento es ocasional o de poca relevancia o que sea de responsabilidad
indirecta, el empleado recibirá un llamado de atención con copia a la hoja de vida.
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b. Si el incumplimiento es de forma reiterativa y tiene grado de importancia en el desarrollo
de las actividades de la empresa tendrá una sanción según los lineamientos del
reglamento interno de trabajo.
c. Teniendo en cuenta la falta cometida y de acuerdo con la revisión de las acciones
tomadas, se dará por terminado el contrato de trabajo por justa causa.
10.2. De carácter Administrativo
Se podrán imponer sanciones de carácter institucional y/o personal por parte de la
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
10.3. De carácter penal
Por parte de las autoridades judiciales en los términos del artículo 323 y siguientes del Código
Penal Colombiano
CONTROL DE CAMBIOS
CONTROL DE CAMBIOS
VERSIÓN FECHA DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO REVISA APRUEBA
1 19/04/2022 Creación del documento DIRECTORA
SIG
Gerente
General
2 15/06/2025 actualización documento iso
18788
DIRECTORA
SIG
Gerente
General
REPRESENTANTE LEGAL